BECA ADRIANO 2024/2025
La Beca Adriano tiene como finalidad evitar el abandono escolar temprano y garantizar la permanencia en el sistema educativo del alumnado que, a pesar de cumplir los requisitos económicos, no alcanza los criterios académicos exigidos en la normativa estatal de becas para estudios postobligatorios no universitarios.
Plazo de solicitud hasta el 27 de febrero de 2025.
Puede solicitar su cita previa en el siguiente FORMULARIO.
Enlace a la solicitud para su tramitación Solicitud
1. Requisitos
Podrán beneficiarse los estudiantes matriculados en modalidad presencial en alguna de las siguientes enseñanzas en centros no universitarios de Andalucía:
Bachillerato.
Segundo curso de:
Grado Medio de Formación Profesional.
Enseñanzas Profesionales de Música y Danza.
Artes Plásticas y Diseño.
Enseñanzas Deportivas.
Grado Superior de:
Formación Profesional.
Artes Plásticas y Diseño.
Enseñanzas Deportivas.
Enseñanzas Artísticas Superiores.
Además, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- No estar matriculado en educación de adultos.
- Alcanzar una nota media entre 5 y el mínimo exigido por la normativa estatal de becas.
- Superar al menos el 80% de la carga lectiva en segundos y posteriores cursos.
- No repetir curso total o parcialmente.
2. Documentación Requerida
- NIF/NIE de todos los miembros de la unidad familiar.
- Código de una cuenta corriente en la que el solicitante debe constar como titular o cotitular de la misma. El NIF/NIE del solicitante debe figurar en dicha cuenta corriente. Es muy importante que se asegure de que la cuenta permanece activa hasta que se realice la transferencia bancaria.
- Si no se autoriza la consulta de datos, será necesario aportar documentación acreditativa.
3. Umbrales de Renta
Para obtener la beca, la renta familiar no debe superar los siguientes umbrales:
1 miembro: 8.843 €.
2 miembros: 13.264 €.
3 miembros: 17.685 €.
4 miembros: 22.107 €.
5 miembros: 25.644 €.
6 miembros: 29.181 €.
7 miembros: 32.718 €.
8 miembros: 36.255 €.
A partir del octavo miembro: +3.536 € por cada nuevo miembro computable.
4. Cuantía y Forma de Pago
Importe de la beca: 1.700 euros.
5. Plazos y Procedimiento
Plazo de solicitud: 27 de Febrero de 2025
Publicación de resolución y alegaciones: Se notificará a través de la Secretaría Virtual.
Plazo máximo de resolución: Tres meses desde la presentación de la solicitud.
6. Obligaciones del Beneficiario
- Asistir regularmente y superar al menos el 50% de las asignaturas o créditos matriculados.
- No causar baja en el centro antes de finalizar el curso.
- Justificar correctamente cualquier inasistencia.
- Comunicar cualquier cambio en la situación académica o económica.
7. Recursos
Recurso de reposición: Un mes desde la publicación.
Recurso contencioso-administrativo: Dos meses desde la publicación en BOJA.
8. Compatibilidad
Incompatible con becas del Ministerio de Educación para la misma finalidad.
Compatible con otras ayudas que no sean de carácter general para estudios postobligatorios.
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