SOLICITUD PLAN DE AYUDAS PARA EMPRENDEDORES Y AUTÓNOMOS. LINEAS 7.1 Y 7.2 DEL PLAN CONTIGO.

Desde ayer puede consultarse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Albaida del Aljarafe las bases junto con toda la documentación necesaria para poder solicitar el plan de Ayudas para Emprendedores y Autónomos enmarcadas dentro de las líneas 7.1 y 7.2 del Plan Contigo.

Os dejamos toda la información en las Bases Reguladores donde podréis encontrar los requisitos necesarios.

A continuación los enlaces directos a la documentación a presentar, solicitud, modelos y anexos:

LINEA 7.1- CREACIÓN DE NUEVO AUTÓNOMO

Anexo I, Anexo II  👉 Aquí

👉DNI (lo aporta el emprendedor)

👉Certificado Bancario de Titularidad de la Cuenta (lo aporta el emprendedor)

Te dejamos a continuación los enlaces directos para que con tu Certificado Digital puedas descargar los documentos que se solicitan:

👉Informe Vida laboral 

👉Informe de inscripción como demandante de empleo

👉Certificado estar al corriente Hacienda Estatal

👉Certificado estar al corriente Hacienda Autonómica

👉Informe de estar al Corriente de Pagos en la Seguridad Social

LINEA 7.2- MANTENIMIENTO/ AUTÓNOMOS CON EMPRESAS YA CREADAS

Anexo I, Anexo II 👉 Aquí

👉DNI (lo aporta el autónomo)

👉Certificado Bancario de Titularidad de la Cuenta (lo aporta el autónomo)

👉Licencia de Apertura/ Declaración Responsable (lo aporta el autónomo)

👉Facturas/recibos abonados del gasto (no albaranes). Puedes presentar facturas desde el 11 de febrero de 2021 hasta el día de la presentación de la solicitud. (lo aporta el autónomo)

Te dejamos a continuación los enlaces directos para que con tu Certificado Digital puedas descargar los documentos que se solicitan:

👉Informe Vida laboral 

👉Certificado de Situación Censal

👉Certificado estar al corriente Hacienda Estatal

👉Certificado estar al corriente Hacienda Autonómica

👉Informe de estar al Corriente de Pagos en la Seguridad Social

👉Alta en RETA

🚨Nota Importante a tener en cuenta en caso de haber que el número de solicitantes supere el importe destinado a las ayudas de la Linea 7.1 y 7.2 (Extraido de las Bases de la Convocatoria)

ARTICULO 8.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.

Procedimiento de concesión (Línea 7.1 PEAE) CREACIÓN

El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva, atendiendo a los establecido en la Lay 38/2003, de 17 de noviembre, y en el real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, se valorará la solicitud presentada, graduando la puntuación según el siguiente baremo:

  • Por Antiguedad: como demandante de empleo:
    • Hasta 120 días: 1 punto
    • De 121 a 360 días: 2 puntos
    • Mas de 360 días: 3 puntos
  • Jóvenes menores de 35 años o personas mayores de 45 años: 2 puntos.
  • Familia monoparental: 1 punto.
  • Familia numerosa: 1 punto.

De producirse empate, el orden se resolverá a favor de quien tenga más antigüedad como demandante de empleo. Para ello se deberá de aportar el informe del SAE atendiendo a los periodos de inscripción, en caso de persistir el empate, se determinará mediante sorteo.

Procedimiento de concesión (Línea 7.2 PEAE) MANTENIMIENTO.

El procedimiento de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de las solicitudes que reúnan los requisitos de estas bases, atendiendo al criterio que a continuación se relaciona: 

  • Por antigüedad en el alta como trabajador/a autónomo/a (considerada a fecha de inicio del plazo de solicitud):
    • Hasta 120 días: 1 punto.
    • De 121 días a 360 días: 2 puntos.
    • Más de 360 días: 3 puntos.
De producirse empate, el orden se resolverá a favor de quien tenga más antigüedad en la actividad. Para contabilizar los días se tendrán en cuenta los días que figuren como cotizados en la actividad autónoma en el documento de vida laboral.

Todas las personas solicitantes que tengan 1 punto o más tendrán derecho a subvención aunque para ello haya que minorar proporcionalmente la cantidad máxima a subvencionar por persona establecida en la artículo 7º.

No obstante lo anterior, no se fijará un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos para el caso de que el crédito consignado en la convocatoria fuera suficiente, atendiendo al número de solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación, según lo dispuesto en el art. 55.1 del Reglamento General de Subvenciones.

A continuación os dejamos un resumen presentado en la reunión que ha tenido lugar hoy con el objetivo de informar acerca de plazos, requisitos y justificación de la mano de la Técnico de la Administración General, Isabel María López Lozano.

Para cualquier duda, podéis contactar con ella en el teléfono del Ayuntamiento; 954 11 00 17.

Desde Guadalinfo Albaida, ofrecemos el asesoramiento tecnológico a aquellas personas que por cualquier circunstancia necesiten un equipamiento informático para realizar su solicitud personalmente. Para ello, no olvide coger cita previa en el teléfono 675 73 05 58, vía WhatsApp preferiblemente.














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